La nacionalidad española se puede adquirir de diferentes maneras, siempre dependerá de tu origen y del tiempo que lleves en España.
En Ventura Legal le asesoraremos para que pueda obtener su nacionalidad en el menor tiempo posible y de la forma más sencilla.
Estudiaremos su caso concreto y le ofreceremos todas las posibilidades para que pueda obtener la nacionalidad española. Los plazos para poder adquirir la nacionalidad española son, como norma general, de 10 años de residencia, pero estos plazos pueden reducirse a sólo 1 año dependiendo del caso concreto. Contacte con nuestro despacho de abogados y le ayudaremos rápidamente.
Existe una gran variedad de visados para acceder a España, dependiendo de qué deseas realizar en España, y sobre todo el tiempo de permanencia en el territorio español.
Nuestro mejor consejo es que acudas a un profesional para poder estudiar y determinar qué visado necesita tu familiar en caso de, por ejemplo, una reagrupación familiar, en caso de que haya encontrado trabajo en España, etc.
Estancia es la permanencia en territorio español por un período de tiempo no superior a 90 días, transcurrido dicho tiempo, para permanecer en España será preciso obtener o una prórroga de estancia o un permiso de residencia.
En los supuestos de entrada con visado, cuando la duración de este sea inferior a tres meses, se podrá prorrogar la estancia, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses, en un período de seis meses.
En los supuestos de entrada sin visado, cuando concurran circunstancias excepcionales que lo justifiquen, podrá autorizarse la estancia de un extranjero en el territorio español más allá de tres meses.
La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un período superior a 90 días e inferior a cinco años. Las autorizaciones de duración inferior a cinco años podrán renovarse, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión.
La autorización inicial de residencia temporal que no comporte autorización de trabajo se concederá a los extranjeros que dispongan de medios suficientes para sí y, en su caso, para los de su familia.
La Administración podrá conceder una autorización de residencia temporal por situación de arraigo, así como por razones humanitarias, de colaboración con la Justicia u otras circunstancias excepcionales que se determinen reglamentariamente.
La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles.
Tendrán derecho a residencia de larga duración los que hayan tenido residencia temporal en España durante cinco años de forma continuada, que reúnan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
Podrán ejercer el derecho a la reagrupación familiar, las personas extranjeras que hayan residido legalmente en España durante un año y hayan obtenido autorización para residir, al menos, otro año más.
Para reagrupar a ascendientes es necesario ser residente de larga duración.
También podrán reagrupar, sin necesidad de cumplir el requisito de haber residido un año: los titulares de una autorización de residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea, los titulares de una tarjeta azul-UE o los beneficiarios del régimen especial de investigadores.
En atención a las circunstancias excepcionales que concurran, se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos de arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés público.
Además, se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo laboral, social o familiar cuando se cumplan determinados requisitos que fija la ley de extranjería.
– Arraigo social
– Arraigo laboral
– Arraigo para la formación
– Arraigo familiar
– Razones humanitarias
No dudes en contactar con nosotros sin te encuentras en una situación dif´ícil, te asesoraremos para dar una respuesta legal a tu situación personal:
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Ventura Legal Abogados Vilafranca
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